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Mostrando las entradas de noviembre, 2022

Just a minute. Amotinados

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Dirigido por la vicepresidente, presidente del Senado, la mayoría kirchnerista junto con algunos aliados, se han amotinado. Es decir, han actuado en contra de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y cometido ayer el delito de sedición en la forma prevista en el art. 230 del CPA. “serán reprimidos con uno a cuatro años de prisión… 2. Los que se alzaren públicamente para impedir la ejecución de las leyes naciones o provinciales o de las resoluciones de los funcionarios públicos nacionales o provinciales cuando el hecho no constituya delito más severamente penado por este Código”. Se aplica además pena de inhabilitación por el doble de tiempo del de la condena cuando su autor o partícipe fuere funcionario público (art. 235 CPA). Lo que la ley prevé también es que una vez que se manifiesta el acto sedicioso, la autoridad pública más cercana (un juez, un fiscal por ejemplo) intimará a los rebeldes o sediciosos a cesar en su actitud dos veces y luego empleará la fuerza púb

Algo sobre la Corte. Fraudes y jugarretas parlamentarias al desnudo.

Ayer, 8 de noviembre, y con la firma de tres de sus cuatro integrantes (Lorenzetti no firmó) la Corte hizo lugar al amparo presentado por los senadores Juez y Schiavoni (bloque Pro) y declaró nulo el decreto parlamentario 33/22 que coronó la maniobra de la presidenta del Senado (Cristina Kirchner) para hacerse de tres de los cuatro lugares disponibles para ese cuerpo en el Consejo de la Magistratura de la Nación (dos para la mayoría y uno para cada una de la primera y segunda minoría). Como se recordará, esta historia lleva ya tiempo y varios capítulos en los que el Congreso (o la mayoría gobernante en el Congreso) pretendió quebrar el equilibrio que la Constitución previó a la hora de integrar el crucial órgano que creaba con la Reforma del 94. Primero una ley que claramente priorizaba el estamento político y desplazaba a los demás. Después el incumplimiento de la sentencia de la Corte del 16 diciembre de 2021 (puede verse mi posteo del 22 de ese mes) que declaró inconstitucionales lo

Comentario en InDret. Eutanasia para un sujeto en prisión preventiva.

https://indret.com/wp-content/uploads/2022/10/1738.pdf

Just a minute. La "teoría del caso"

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Me han pillado desprevenido. Y no me gusta. Luego de litigar y de enseñar Derecho penal por décadas me entero que hay algo que se me ha escapado y (parece) que no debería ignorar. En un juicio importante y concurrido y en medio de la sustanciación sobre una cuestión probatoria, las partes, casi todas, hablaron de su “teoría del caso”. Más bien mencionaron la frase sin dar más precisiones. “Que esta prueba es fundamental para la teoría del caso de esta fiscalía”… “ídem para esta defensa…” y así uno tras otro (les gustó). Expresé, cuando me tocó hablar, mi sorpresa por la frase (en rigor ya la vengo escuchando, pero no hace mucho, y nunca tan “extendida”) y me pregunté en voz alta qué era eso… Mucho más porque ignoro, aún hoy, la “teoría del caso” de los hablantes. La Juez me contestó que debería estar enterado de lo que se quiere decir cuando eso se dice… es decir, elegantemente, y poco menos, que era una especie de ignorante. Entonces me puse a mirar un poco la cosa (¡hay muchos libros