Just a minute. Caídas desde altura y fuerza horizontal.

 

El chico llevó a su pareja a la terraza de noche. Tomaron alcohol y jugaron al amor. Cuando la chica decidió irse, al levantarse del piso e intentar calzarse trastabilló de espaldas con un pequeño escalón y cayó para atrás al vacío desde 11 pisos de altura, unos 20 metros.  Tomamos el caso ya con el chico procesado por homicidio doloso, doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género (art. 80 incs. 1 y 11 del CP). La hipótesis fiscal fue que nuestro cliente había discutido y arrojado a la chica al vacío, causándole la muerte. Difícil… Y mucho más por el contexto en los que cualquier tema de violencia contra la mujer tiene una gravedad tan especial.

Así dos hipótesis, el joven le pego y la arrojó al vacío, o la mujer trastabilló y se cayó. Y nos pusimos a trabajar. ¿Cómo probar que no la empujó o arrojó al vacío y que sólo perdió el equilibrio? Pues aprendimos con nuestros peritos que en caídas de altura, no sólo existe y puede medirse la fuerza vertical de un cuerpo sino también la fuerza horizontal. Es decir aquella que, eventualmente, pudo sufrir el cuerpo antes de la caída. En el caso, el cuerpo apareció muy cerca, a un metro aproximadamente, de la pared . Es decir que la parábola de caída había sido muy pequeña. Si alguien la hubiese arrojado o empujado, es decir si le hubiesen impreso una fuerza horizontal mayor, el cuerpo se habría alejado mucho de esa pared, y dependiendo de la intensidad de esa fuerza (que se mide en kilos)  hubiese caído a tres o cuatro metros o incluso pegado en la pared del edificio lindero. El lugar de la caída indica que ese cuerpo no sufrió un empuje lateral (horizontal) al momento inicial sino una fuerza mínima, perfectamente compatible con la una pérdida de equilibrio que fue siempre la versión de nuestro cliente. El joven fue absuelto y nosotros aprendimos algo nuevo y muy interesante que ya he compartido con varios colegas. 


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