Just a minute. ¿Jueces algorítmicos?
En el debate, conmovedor, acerca de que la IA se lleva o se llevará (más pronto que tarde) a varias profesiones puestas, aparece también la profesión del Juez. Por ejemplo, leo que, en China, y desde 2017, millones de usuarios del sistema de resolución de pleitos por la internet, se someten a la decisión de jueces no humanos (holográficos, en 3D y con toga…), consintiéndolas casi en su totalidad (no se recurre el 98% de las decisiones). En Canadá y en los EE. UU. el fenómeno también crece (ver, entre otros, https://www.lexisnexis.com/en-ca/ihc/robots-justice-chinas-use-of-internet-courts . Se trata de disputas muy variadas, derecho del consumidor, derecho intelectual, litigios financieros, de derecho laboral, etc., que se tramitan y resuelven en línea 24/7, y en pocos minutos, lo que supone, en términos económicos y de paz social, evidentes ventajas.
Puede que la “solución”, en sociedades cada vez más complejas y tribunales siempre desbordados, resulte apetecible y, hasta necesaria, para cierto tipo de casos en donde, por ejemplo, “lo automático”, antes que el razonamiento prudente y ponderado, resulte protagonista en la decisión (v.gr. cálculo sobre una indemnización laboral, o sobre intereses de un préstamo tomado en línea, etc.). Y hasta que la IA, sea un buen asistente del juez. Pero no mucho más.
Por un lado, los procesos que surgen de máquinas, de robots, no pueden llamarse “acciones”, porque las máquinas no son agentes morales y, por ende, no actúan (Silva Sánchez, DPPG, 9/7). Por tanto, ni delinquen, ni pueden juzgar. Me dirán que hubo y todavía existen defensores de la idea del juez como un autómata “que sólo pronuncia las palabras de la ley” (Montesquieu). Pero es que el acto de juzgar es una acción de una persona referida a otra, en el que más allá de las leyes y de las reglas que una máquina pueda “conocer” (o, más bien, aplicar), el juez se ve abocado a tomar una decisión en la que influyen no sólo sus conocimientos técnicos sino su experiencia humana y su entendimiento sapiencial (Silva Sánchez, DPPG, 6/20). Un Juez, no sólo juzga un caso, sino también sus circunstancias en “ese” especial contexto en el que se desarrolló. Y un caso, pues nunca es “igual” a otro. En suma, adopta una decisión moral, que no puede ser reemplazada por un robot. Un juez persona hace, normalmente, cosas que la máquina no puede hacer. Claro que “piensa”, pero además puede, por ejemplo, decidir el caso, aún sin reglas jurídicas claras, basado en la equidad (justicia para el caso). O aplicar la analogía in bonam partem ante laguna o insuficiencia de ley.
Preguntarán si puedo “elegir” a un juez robot para que juzgue mi caso. Hay que considerar aquí si el derecho a un “juez natural” refiere sólo a personas (o también a sistemas artificiales) y, en su caso, si ese derecho es renunciable. En materia penal, por la naturaleza del castigo, creo que el juez natural debe ser “persona” y que a ello no se puede renunciar. Desde la perspectiva individual desde la perspectiva de la dignidad. En términos kantianos, porque yo no puedo desear que se me trate como una cosa (y una cosa no puede tratarme como una persona). Y, desde la social, porque el juicio humano, aunque imperfecto, es la última garantía de la justicia del castigo.
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